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Obtención de la residencia a través de un visado no lucrativo para España en 2022

Un visado no lucrativo para España es adecuado para los expatriados que planean permanecer en el país durante un año o más. Si decide solicitar este tipo de visado, deberá cumplir una serie de requisitos. 

Si tiene alguna pregunta o desea invertir como expatriado o particular con un elevado patrimonio neto, puede enviarme un correo electrónico (advice@adamfayed.com) o utilizar estas opciones de contacto.

Introducción

En España viven unos 47 millones de personas, la mayoría en la capital. ciudad de Madrid. En general, es un país soleado que proporciona a sus ciudadanos 3.000 horas de sol al año. Los expatriados que planeen jubilarse o establecer su residencia en el país pueden plantearse obtener un visado no lucrativo para España.

¿Qué es un visado no lucrativo para España?

Las personas que no sean nacionales de la UE pueden solicitar un visado no lucrativo para España. Se trata de un permiso de residencia que permite al titular vivir en el país durante un año. Viene con la condición de tener suficientes medios económicos para mantenerse incluso sin trabajar en España. 

Los familiares del solicitante también pueden solicitar un visado no lucrativo para España. Esto incluye al cónyuge, la pareja de hecho, los hijos a cargo y los familiares a cargo. Por ello, no hay que preocuparse por dejar atrás a seres queridos.

Razones para solicitar un visado no lucrativo para España

En primer lugar, los solicitantes no necesitan invertir en España para obtener un permiso de residencia no lucrativo. Demostrar su capacidad financiera bastará para permitirle permanecer en el país durante al menos un año.

En segundo lugar, puede ser un punto de entrada para una eventual residencia permanente en España. 

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Los expatriados con un visado no lucrativo para España pueden viajar por Europa.

En tercer lugar, puede incluso viajar a cualquiera de los 26 países Schengen diferentes sólo con este visado, siempre que su visita no supere los 90 días.

En cuarto lugar, puede solicitar un permiso de trabajo en España después de la duración de su visado no lucrativo.

Por último, se permite estudiar a los familiares que vengan a España con usted.

¿Cuáles son los requisitos para el visado no lucrativo a España?

Según el artículo 46 del Reglamento de Extranjería, los requisitos para obtener un visado no lucrativo para España son los siguientes: 

  1. Prueba de que dispone de fondos suficientes para mantenerse a sí mismo y a su familia, si se traslada con ellos, sin tener que trabajar.
  2. Tener un seguro médico privado o un seguro médico internacional para expatriados
  3. Debe gozar de buena salud
  4. No tener antecedentes policiales por la comisión de delitos graves
  5. No se le ha prohibido la entrada en el territorio Schengen

Prueba de fondos suficientes

Este es el principal requisito que debe cumplir todo solicitante de un visado no lucrativo para España. Los titulares del visado no podrán trabajar en una institución que opere en el país. 

Justo este año, el 1 de enero, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) fue incrementado por el gobierno español. El IPREM es un índice utilizado por España para determinar los ingresos mínimos que una persona debe tener cada año. De este modo se determina la capacidad del solicitante para mantenerse a sí mismo en lugar de depender del gobierno nacional.

Ingresos mínimos mensuales€579.02
Ingresos mínimos anuales€6,948.24
2022 IPREM

Las personas que soliciten un visado no lucrativo para España deben tener 400% del valor del IPREM en su cuenta bancaria anualmente. Esta es la cantidad mínima que se debe presentar. Por ello, los solicitantes deben tener al menos unos ingresos de 2.316,08 euros al mes. En un año, equivale a 27.792,96 euros.

Si se traslada a España con miembros de su familia, deberá demostrar que también puede mantenerlos. Se requiere una prueba de 100% del IPREM, o 6.948,24 euros por persona y año. Esto se suma a los 400% del IPREM para usted.

El importe que figure en su documento debe estar expresado en euros. Si no es el caso, también se acepta una moneda internacional que pueda cambiarse a euros. 

¿Qué tipo de documento puedo presentar como prueba de fondos suficientes?

Existen diferentes documentos que pueden utilizarse para demostrar que se dispone de fondos suficientes. Entre ellos figuran los siguientes:

  • Extracto bancario 
  • Carta de empleo
  • Prueba de la inversión
  • Ingresos de distintas fuentes

El extracto bancario debe incluir los saldos de la cuenta de los últimos 6 meses anteriores a la solicitud del visado no lucrativo a España. Los solicitantes no están limitados a presentar un solo extracto bancario. Si tienen varias cuentas bancarias, pueden presentar los documentos de cada una de ellas. 

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Se puede presentar un extracto bancario como prueba de que se dispone de fondos suficientes.

Se acepta una carta de empleo para los expatriados que se trasladan a España pero son contratados por una empresa de otro país. Sin embargo, el trabajo a distancia sigue siendo una zona gris en la solicitud. En general, es aconsejable no hacer referencia a tales casos.

Cuando presente documentos relacionados con tarjetas de crédito o valores inmobiliarios, deben estar validados por su banco. Además, los documentos deben estar a nombre del solicitante. Deben presentarse tanto el original como copias de los documentos.

Otros documentos para la solicitud de un visado no lucrativo a España

1. Formulario de solicitud de visado nacional 

Asegúrese de rellenar correctamente el formulario de solicitud de visado con información correcta y completa. Debe estar firmada en las casillas correspondientes. De lo contrario, lo más probable es que su solicitud sea denegada. 

2. Formulario de solicitud de visado de residencia no laboral

En Formulario EX-01 debe cumplimentarse con exactitud y sin que falte ningún dato. También debe estar firmado.

3. Fotografía tamaño carné

Dirígete a un estudio para que te haga una foto un profesional. Debes estar de frente y tener un fondo blanco o de color claro. No debe haber ningún obstáculo en tu cara, como gafas oscuras o reflectantes o prendas que oculten la forma de tu rostro. Imprima la foto en un tamaño de 3,5 cm x 4,5 cm.

4. Pasaporte válido

Además de estar preparado con su pasaporte original, haga también una copia de la primera página del mismo. Las demás páginas que contengan información biométrica también deben fotocopiarse.

El pasaporte no debe haber sido expedido más de 10 años antes de la fecha de solicitud del visado. Al mismo tiempo, debe seguir siendo válido durante al menos un año. 

Al menos 2 páginas en blanco deben estar disponibles. Aquí es donde la embajada española adjuntará el visado no lucrativo aprobado para España.

5. Certificado de antecedentes penales 

La autorización policial demuestra que los solicitantes no tienen antecedentes penales en el país donde han residido durante los últimos 5 años. No debe haberse obtenido más de 90 días antes de la fecha de solicitud del visado. Este requisito es aplicable a las personas mayores de 18 años. Los menores de edad están exentos de presentar dichos documentos.

Estos deben estar legalizados o apostillados. También hay casos en los que se debe aportar una traducción oficial al español, lo que significa que ha sido realizada por alguien certificado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español.

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Los solicitantes deben tener su propio seguro médico.

6. Seguro de enfermedad privado

Dado que el visado no lucrativo a España es de tipo privado, los solicitantes deberán disponer igualmente de un seguro médico privado que cubra sus gastos médicos durante su estancia en el país. No se admiten pólizas de seguro con copago.

La cobertura sanitaria también debe durar un año o más. Debe obtenerse de una compañía que ejerza oficialmente sus actividades en España. Además, el plan de seguro debe incluir todos los riesgos cubiertos por el sistema sanitario público del país.

Deberán adjuntarse a la solicitud los documentos originales y fotocopias de los mismos.

7. Certificado médico

Se requiere un certificado médico expedido por un médico colegiado. En él debe constar que el solicitante no padece ninguna enfermedad que suponga un riesgo para la salud pública, como la fiebre amarilla, de conformidad con la Reglamento Sanitario Internacional (RSI) 2005.

Debe presentarse el original y un duplicado. También debe estar legalizado o apostillado.  

8. Prueba de residencia en la demarcación consular

Cualquier documento que acredite su residencia en el país desde el que presenta la solicitud.

¿Qué documentos necesitan los familiares que solicitan un visado no lucrativo para España?

Todos los documentos enumerados anteriormente son igualmente necesarios para los miembros de la familia. 

Si el solicitante es menor de edad, uno de sus progenitores deberá firmar la solicitud de visado nacional y la solicitud de permiso de residencia. 

Además, deben aportarse documentos que prueben la relación familiar con el reagrupante. Entre ellos figuran los siguientes:

  • Certificado de nacimiento expedido por el registro civil 
  • Certificado de matrimonio expedido por el registro civil
  • Certificado de inscripción como pareja de hecho, o cualquier otro documento que acredite la unión entre el padrino y el solicitante

Si el miembro de la familia es un hijo mayor de edad, deberán aportarse los siguientes documentos:

  • Prueba de dependencia financiera del patrocinador
  • Estado civil del hijo mayor de edad
  • Prueba de que el hijo adulto forma parte de la unidad familiar 

Si el familiar se encuentra en la línea ascendente, como un padre o un abuelo, deberá presentar lo siguiente: 

  • Prueba de dependencia financiera del patrocinador
  • Prueba de que el solicitante forma parte de la unidad familiar 

Los documentos mencionados anteriormente deben estar legalizados o apostillados. En caso necesario, deberá presentarse una traducción oficial al español del documento.

¿A cuánto ascienden las tasas al solicitar un visado no lucrativo para España?

Además, todos los solicitantes deben rellenar dos copias de Formulario 790, Código 052. Marque la casilla 2.1, que indica que se solicita un permiso de residencia temporal inicial.

La tasa de solicitud de un visado no lucrativo para España es de 80 euros. Se aplica a cada uno de los solicitantes, ya sea el patrocinador o un familiar.

Las tasas se pueden abonar en la Oficina Consular de España donde resida actualmente. También se puede realizar a través de medios telemáticos, que se encuentran en la página web donde está publicado el Modelo 790-052. Para proceder al pago online, el beneficiario deberá disponer de DNI electrónico o Certificado Digital. En caso de éxito, se debe adjuntar el comprobante de pago generado por el sitio.

Sin embargo, se cobra una tasa diferente a los ciudadanos de Australia, Bangladesh, Canadá, Estados Unidos de América y Reino Unido. Esto se debe a la reciprocidad entre España y los países mencionados. En este caso, los solicitantes deben llamar a la Oficina Consular para preguntar por las tasas específicas que deben abonar.

¿Dónde puedo solicitar un visado no lucrativo para España?

Las solicitudes deben presentarse en la Oficina Consular. El solicitante debe concertar una cita en la oficina para entregar físicamente sus documentos. Para los solicitantes menores de edad, uno de sus padres puede presentar la solicitud en su nombre.

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Los solicitantes deben presentar sus documentos en persona en la Embajada de España.

Tras presentar la solicitud, los solicitantes recibirán un acuse de recibo de la Oficina Consular. Incluye un código que utilizarán para comprobar el estado de su solicitud. También se facilitará al solicitante una copia del formulario EX-01 y del formulario 790-52.

La Oficina Consular podrá solicitar documentos adicionales que sean necesarios en el proceso de toma de decisiones para la aprobación del visado. El solicitante podrá ser convocado a una entrevista personal si se considera necesario.

¿Cuánto tarda la tramitación de un visado no lucrativo para España?

La decisión sobre la aprobación o denegación de una solicitud se tomará en un plazo de 3 meses a partir de la fecha de presentación.

Sin embargo, puede llevar más tiempo si se requieren documentos adicionales o una entrevista personal.

Qué hacer después de que la Oficina Consular haya tomado una decisión

Los solicitantes que hayan sido aprobados deben recoger su visado en persona en la Oficina Consular. Debe hacerlo en el plazo de 1 mes, que empieza a contar a partir del día de la notificación. Si el solicitante es menor de edad, puede hacerlo en su nombre un representante legal. La Oficina Consular proporcionará más detalles sobre este proceso. 

Los solicitantes que hayan sido rechazados recibirán dicha decisión por escrito. La carta incluirá los motivos por los que no se ha aprobado.

Se puede presentar un recurso para que se reconsidere la denegación. Debe hacerse en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la notificación al solicitante. Debe dirigirse a la Oficina Consular. 

El solicitante también puede pedir una revise por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Esto debe hacerse en el plazo de 2 meses.

¿Durante cuánto tiempo es válido el visado no lucrativo para España?

Una vez expedido el visado, tiene que llegar a España en un plazo de 90 días.

El visado tiene una validez máxima de 1 año. Sin embargo, los titulares del permiso de residencia no lucrativo deben permanecer en el país al menos 183 días. 

Cuando ya estén en España, los titulares de un visado deben solicitar una Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde su entrada en el país. Pueden solicitarla en la Oficina de Extranjeros o en la comisaría de policía correspondiente.

Cuando expira el visado inicial, puede renovarse dos veces a partir de entonces por un periodo de 2 años (2 x 2). En cada renovación, deberá demostrar que puede mantener 800% del valor del IPREM, ya que el visado renovado ya tendrá una validez de 2 años.

En total, un expatriado puede vivir en el país hasta 5 años con un visado no lucrativo para España. Una vez agotado este plazo, se puede solicitar la residencia permanente, ya que vivir 5 años en el país da derecho a obtenerla. Por ello, el visado es una de las puertas de entrada para que usted y su familia se trasladen a España.

Restricciones del visado no lucrativo a España

Los expatriados con un permiso de residencia no lucrativo no podrán trabajar en España. Se trata de un permiso exclusivamente de residencia. Deben vivir de ingresos pasivos, lo que incluye ganancias de dividendos, fondos fiduciarios, pensiones o alquileres. Tener esta condición impide a los expatriados competir con los autóctonos en el mercado laboral.

Los servicios del sistema sanitario público no están disponibles para los titulares de visados no lucrativos.

Por último, al tener que permanecer en el país al menos 183 días, existe la posibilidad de convertirse en un residente fiscal legal en España.

Conclusión

Por ello, los expatriados que dispongan de medios suficientes para mantenerse económicamente a sí mismos y a sus familias deben solicitar un visado no lucrativo. Sería un buen punto de entrada para retirarse temporalmente en el país o convertirse en residente permanente.

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Adam es un autor reconocido internacionalmente en temas financieros, con más de 830 millones de respuestas en Quora, un libro muy vendido en Amazon y colaborador de Forbes.

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He tenido, durante todo el ejercicio inmediatamente anterior a la fecha que figura a continuación, unos ingresos anuales

por valor de 100.000 libras esterlinas o más. Los ingresos anuales a estos efectos no incluyen el dinero

retiradas de mis ahorros para pensiones (excepto cuando las retiradas se utilicen directamente para

ingresos en la jubilación).

Poseía, durante todo el ejercicio inmediatamente anterior a la fecha indicada a continuación, activos netos al

valor igual o superior a 250.000 libras esterlinas. A estos efectos, el patrimonio neto no incluye la propiedad que constituye mi residencia principal ni el dinero obtenido mediante un préstamo garantizado con dicha propiedad. Ni ningún derecho que me corresponda en virtud de un contrato o seguro admisible en el sentido de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 (Actividades Reguladas) de 2001;

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b. He realizado más de una inversión en una empresa que no cotiza en bolsa en los dos años

antes de la fecha indicada a continuación;

c. Estoy trabajando, o he trabajado en los dos años anteriores a la fecha que figura a continuación, en un

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pequeñas y medianas empresas;

d. Actualmente soy, o he sido en los dos años anteriores a la fecha indicada a continuación, administrador de una empresa con un volumen de negocios anual de al menos 1 millón de libras esterlinas.

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